Ley Antifraude
29/12/2023La Ley Antifraude 11/2021, de obligado cumplimiento a partir del 1 de julio de 2025 (9 meses de plazo para desarrolladores y proveedores de ERP), obligará a las empresas a generar un registro por cada factura expedida con un sistema o programa de software que garantice su inalterabilidad, trazabilidad y conservación, así como su integridad, accesibilidad y legibilidad.
A partir de esta fecha, todas las empresas deberán emitir las facturas mediante programas informáticos al que tendrán acceso inmediato las asesorías fiscales y la Agencia Tributaria con el objeto de agilizar la gestión contable y evitar fraudes.
En Meigasoft nos hemos adelantado y hemos dado todos los pasos necesarios para cumplir con los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos exigidos. Hemos adaptado nuestro software a los requisitos de la Administración para que nuestros clientes puedan cumplir con la normativa sin ningún tipo de preocupación.
REQUISITOS
Nuestros clientes podrán garantizar ante las entidades auditoras que sus procesos cumplen con las exigencias del reglamento:
Integridad e inalterabilidad Trazabilidad de los registros de facturación. Conservación de todos los registros. Incorporación de un registro de eventos. Manual de utilización obligatorio. Información debidamente disociada. Respecto a los registros de facturación, la ley exige la generación de un registro de facturación de alta de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición de la factura, exigiendo, también, la inclusión obligatoria de determinada información ineludible. Asimismo, los sistemas informáticos deberán añadir una huella o «hash» a los registros de facturación.
INSPECCIONES Y SANCIONES
Todos los sistemas informáticos deben estar homologados por la Agencia Tributaria antes del 1 de julio de 2025. Además, la administración tendrá la potestad de personarse y exigir acceso completo e inmediato a los sistemas así como requerir copia de los registros con el objetivo de verificar el cumplimento de los requisitos del Reglamento de los sistemas informáticos producidos o comercializados.
En definitiva esta ley busca reducir el fraude, prohibir la utilización de software de doble uso, prohibir llevar contabilidades distintas e impedir la alteración transacciones ya registradas incumpliendo la normativa aplicable.
El incumplimiento de la ley conlleva dos tipos de sanciones, una dirigida a los fabricantes de “software de doble uso” y otra para los usuarios. Cualquier autónomo o empresa que no cumpla con la Ley 11/2201 podrá ser sancionado con multas de hasta 50.000 y 150.000 euros, respectivamente.
RAZONES PARA ADELANTARSE A LA LEY
PREVENCIÓN: En Meigasoft hemos estado trabajando desde la salida de la ley en el cumplimiento de los requisitos. Nuestros clientes disfrutarán de total garantía a la hora del cumplimiento de la ley.
ACTUALIZACIÓN: Nuestros sistemas estarán continuamente actualizados y protegidos ante los futuros cambios y modificaciones de la Ley 11/2021. Serán procesos totalmente transparentes para nuestros clientes.
COMPETITIVIDAD: Todo el ahorro de tiempo en gestiones que conllevarán estos cambios, revertirá en una ventaja competitiva de nuestros clientes respecto a su competencia.